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Ley de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía (Ley Cholito)

Ley de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía (Ley Cholito)

La Ley de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, conocida también como «Ley Cholito», establece una serie de obligaciones que una persona contrae cuando decide aceptar y mantener una mascota o animal de compañía. A partir del nuevo marco jurídico:

  • La persona que tenga una mascota, deberá:
    • Registrarla e implantarle un dispositivo electrónico (microchip).
    • Responsabilizarse de su alimentación y manejo sanitario.
    • Responder civilmente de los daños que causen.
  • Los ministerios del Interior y Seguridad Pública, Salud y Educación (a nivel central) y las municipalidades (a nivel local) deberán fiscalizar y responsabilizarse por el cumplimiento de la ley.
  • Las organizaciones sociales de cuidado y protección animal tendrán que promover la educación en la ciudadanía. Para ello, se desarrollarán fondos concursables.
Es obligatorio que las personas tengan a sus mascotas inscritas en el Registro Nacional de Mascotas. Quienes no cumplan, arriesgan una multa que va entre 1 y 30 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).

¿Qué es la tenencia responsable de mascotas?

Es el conjunto de obligaciones que contrae una persona cuando decide aceptar y mantener una mascota, es decir, proporcionarle alimento, hogar y buen trato; brindarle los cuidados veterinarios  y no someterlos a sufrimientos; además de respetar las normas de salud y seguridad pública. El nuevo marco jurídico contempla tres ejes principales:

  1. Control de la población animal: por medio de campañas de esterilización a cargo de las municipalidades y fiscalización contínua por parte de los ministerios del Interior y Seguridad Pública, Salud y Educación.
  2. Identificación y registro de animales de compañía: a través de seis registros y la implantación de un dispositivo electrónico (microchip), se busca vincular a cada animal de compañía con su dueño.
  3. Educación de la ciudadanía: se desarrollarán fondos concursables para que las organizaciones sociales de cuidado y protección animal postulen iniciativas orientadas a la tenencia responsable de las mascotas.

¿Cuáles son los registros que contempla la ley?

Para facilitar la fiscalización, se crearon seis registros:

  1. Registro nacional de mascotas o animales de compañía, que contempla un sistema de identificación único, estandarizado e incorporado al animal de manera inseparable.
  2. Registro nacional de animales potencialmente peligrosos de la especie canina.
  3. Registro de personas jurídicas sin fines de lucro, promotoras de la tenencia responsable de mascotas y animales de compañía.
  4. Registro de criadores y vendedores de mascotas o animales de compañía.
  5. Registro de criadores y vendedores de animales potencialmente peligrosos de la especie canina.
  6. Registro de centros de mantención temporal de mascotas o animales de compañía.

Importante: actualmente, sólo está disponible el registro nacional de mascotas o animales de compañías.

¿Qué se entiende por maltrato o crueldad animal?

Toda acción u omisión (ocasional o reiterada), que injustificadamente causara daño, dolor o sufrimiento a un animal. Por primera vez en la historia de Chile, la ley considera el abandono como maltrato, junto con prohibir el sacrificio por método de control de la población, las peleas de animales y el adiestramiento para que sean más agresivos.

¿Cómo se sancionará el maltrato?

  • Daño a un animal: pena de presidio menor en su grado mínimo a medio y multa de 10 a 30 UTM, además de la inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de cualquier tipo de animal.
  • Lesiones graves en la integridad física o muerte del animal: pena de presidio menor en su grado medio y multa de 20 a 30 UTM, además de la inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de cualquier tipo de animal.

Importante: las personas que vean amenazada o perturbada su salud o integridad por un animal, también serán protegidas. La denuncia la deben realizar ante el juez o la jueza de Policía Local competente, y será la persona responsable de la mascota quien tendrá que responder civilmente por los daños causados.

Rol de los municipios

A nivel comunal, las municipalidades serán las responsables de rescatar, sanitizar, esterilizar y reubicar a los animales que no tengan dueño. Además, les corresponderá fiscalizar el cumplimiento de la Ley de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía.

Denuncias

Si es testigo de alguna situación que afecte el bienestar de una mascota, puede hacer una denuncia entregando todos los antecedentes en Fiscalía, juzgado de policía local, Carabineros o en la Policía de Investigaciones. Los requisitos para denunciar son los siguientes:

  • La denuncia debe ir acompañada de antecedentes como fecha, lugar, narración del suceso, documento de un médico veterinario que indique las lesiones (si existe).
  • Además de todo registro del ilícito que posea la persona (fotografías, videos, audios, testigos, otros).
  • Este trámite debe ser efectuado por una persona mayor de 18 años, y en el caso de ser menor de esa edad, debe ser representado o representada jurídicamente por una persona mayor de edad.

Posteriormente el Ministerio Público revisará la denuncia y tomará las acciones que determine según cada caso. Se considera un acto de maltrato o crueldad animal cualquier acción u omisión, que sea ocasional o reiterada, que injustificadamente cause daño, dolor o sufrimiento a un animal.

Más información

Revise las preguntas frecuentes sobre la tenencia responsable de mascotas.


Fuente: https://bit.ly/3g6Q300

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